Acuerdo que actualiza la Carta Porte en Autotransporte Federal
Hoy en el DOF, el acuerdo por el que se actualiza la Carta de Porte en Autotransporte Federal y sus servicios auxiliares.
Observaciones relevantes
- Se abroga la "circular” por la que se aprueban los modelos de Carta de Porte-Traslado pre-impresa y Carta de Porte o Comprobante para Amparar el Transporte de Mercancías Digital por Internet (CFDI) publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2015. 
- Es acorde al plan nacional de desarrollo 2019-2024. 
- Independiente del cumplimiento específico sobre carta porte, la autotransportación deberá cumplir con toda ley ó reglamento que se relacione. 
- Se trata de proveer a la población de un autotransporte seguro, en particular a las regiones de menor crecimiento. 
- Se instalarán puestos fijos de revisión donde se verificará que se cumplan los requisitos mínimos, tanto en documentación como seguridad de las mercaderias y de las personas. La SCT verificará en Centros Fijos de Verificación de Peso y Dimensiones y a través de visitas de inspección, el cumplimiento del complemento Carta Porte incorporado al CFDI de tipo traslado o de ingreso, según corresponda. La Guardia Nacional podrá realizar verificaciones cuando las mercancías sean transportadas en vehículos o unidades motrices que circulen en la zona terrestre de las vías generales de comunicación. 
- Se enlistan las Condiciones de Prestación de Servicios y su corresponsabilidad entre Transportista y Contratante 
Contrato
Entre los puntos mas relevantes que deberá contener el contrato, se encuentran:
- En caso de que la mercancía o efectos no se recojan de una vez, se expresará en el contrato que el transportista decidirá el lugar en que quedará depositada. 
- Si el transportista es detenido, mas las mercancías no son prohibidas, el usuario, el remitente, expedidor o consignatario están obligados a proveer de toda la documentación necesaria al transportista. 
- La SCT, a través de un acto administrativo, atentederá las quejas que hubiere respecto al particular. 
Fuente: DOF
 
                         
            